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La Contrarreforma Psiquiátrica

 

El pasaje de la Psiquiatría a la Salud Mental parece haber invertido su sentido. Estamos casi a medio siglo de 1957, año en que se conjugaron en nuestro país tres hechos que marcaron dicho cambio: las creaciones del Instituto Nacional de Salud Mental y de las carreras de Psicología, Sociología, Antropología y Ciencias de la Educación en la Universidad de Buenos Aires y el comienzo del más importante Servicio de Psicopatología en un Hospital General, el Lanús. Esto inauguró el campo de la Salud Mental que desplazó del centro a la psiquiatría y a los manicomios poniendo el nuevo eje en un conjunto de disciplinas para poder dar cuenta de la complejidad del padecimiento mental y multiplicando los dispositivos de atención dentro y fuera de los manicomios hasta la propia comunidad. Pero, a pesar de que ya va más de medio siglo de la constitución del campo de la Salud Mental en el mundo, hay constantes presiones y operaciones de parte de algunos psiquiatras de volver a intentar monopolizar un campo de la Salud Mental, que desde su constitución es interdisciplinario.
No me referiré en este texto a las intenciones de los laboratorios y sus políticas; ni a las asociaciones de psiquiatras de nuestro país que impugnan todo lo que cuestione su hegemonía en nuestro campo: el hecho que otro profesional -no médico psiquiatra- pueda ser Jefe de un Servicio o la Ley 448 de Salud Mental de la Ciudad de Buenos Aires, para mencionar sólo dos ejemplos.
Tomaré en este caso la estrategia política de las producciones científicas que crean consenso dentro de los propios psiquiatras. Para ello me detendré en el análisis de los escritos donde se vislumbra esta ideología cuya propuesta es la reapropiación psiquiátrica del campo de la Salud Mental.
Vértex, Revista Argentina de Psiquiatría, Nº 65, enero de 2006, contiene un dossiersobre “Internación Psiquiátrica”. Detengámonos en el título: la internación es psiquiátrica. En la presentación del dossier se comienza diciendo que “elegimos esta temática por su importancia y por su alto contenido ideológico del que está teñida”(el subrayado es nuestro, la reflexión que sigue, también). La propuesta es una supuesta “desideologización” en nombre de una supuesta “cientificidad”. Luego hacen “la” propia historia, lo que lleva a decir que los asilos terminaron “por la aparición del psicoanálisis a fines del Siglo XIX, primero y, fundamentalmente, (por) la aparición del primer neuroléptico, la clorpromazina... (lo que provocó)... en poco tiempo un cambio paradigmático en el tratamiento psiquiátrico: del asilo a la comunidad, del hospital cerrado al consultorio.” En esta crónica se borra de un plumazo todo lo hecho por la Higiene Mental a principios del Siglo XX y el movimiento de Salud Mental desde entonces hasta hoy, en cuyo seno se dieron estas reformas. Son sólo cambios paradigmáticos dentro de la Psiquiatría.
En la historización siempre está en juego la ideología y quienes pretenden una historia “objetiva” solamente quieren hacer pasar por “natural” lo que responde a su ideología. Es por ello que más adelante se explicita que las posturas “ideológicas y económicas llevaron a posturas enfrentadas con respecto a los tratamientos: psicoterapia versus psicofármacos, internación versus tratamiento ambulatorio, y a extremos en los cuales no se mira la utilidad de un tratamiento para un paciente determinado en un momento específico sino que se lo pre-juzga de acuerdo a conceptos concebidos, como en el caso...”
Me detengo. Adivine lector/a: ¿cuál es el caso en el que no se mira la utilidad de un tratamiento porque sólo se lo prejuzga con “conceptos pre-concebidos”? La respuesta correcta es “el tratamiento electroconvulsivo”. El viejo electroshcock, ahora redimido por la psiquiatría, luego de haber sido “prejuzgado” como el símbolo de lo manicomial. Desde la década del 60 la lucha de psiquiatras y otros trabajadores de Salud Mental intentó desplazar al electroshock del centro debido a sus usos “extraterapéuticos”: su utilización indiscriminada como castigo a los pacientes en los manicomios. Recordemos que el electroshock era el tratamiento más conocido por la población de nuestro país en la vieja encuesta sobre Salud Mental de Floreal Ferrara y Milcíades Peña de 1959. Entonces se luchaba contra la “psiquiatría tradicional”, aquella que según Mauricio Goldenberg, tenía “recursos terapéuticos que eran fundamentalmente los biológicos: electroshock, insulinoterapia.” Desde entonces se insiste en el trabajo con múltiples recursos que van desde la medicación hasta los diversos dispositivos terapéuticos para el abordaje de la enfermedad mental. En cualquier historización hay reivindicaciones. En la genealogía siempre detectamos la ideología de quien escribe. Y en este momento no es inocente volver a poner en escena al electroshock.
Podría continuar con el exhaustivo análisis del texto introductorio que preanuncia algunas posiciones encontradas luego: no hay campo de la Salud Mental, simplemente Psiquiatría.
En el artículo “Modelo de comunidad terapéutica en internaciones psiquiátricas breves” de Daniel Matusevich y col., se produce un borrramiento de la historia de luchas en Salud Mental. Cualquier lector/a podría suponer que el rastreo histórico de la temática nos llevaría a un recorrido de lo hecho en el mundo y en nuestro país, señalando las experiencias como la de Colonia Federal y el Centro Piloto del Hospital Esteves, Lomas de Zamora, recorridas tanto en Las Huellas de la Memoria como en el documental Comunidad de Locos de Ana Cutuli. O una fuente primaria, como es el libro Sociedad de Locos de W. R. Grimson. Recordemos brevemente: la OMS en 1953 había promovido la transformación de los Hospitales Psiquiátricos en comunidades terapéuticas, lo cual llegó a nuestro país en 1967, con un Plan de Salud Mental y la recomendación de trabajar en comunidades terapéuticas. Varias experiencias comenzaron y fueron clausuradas. No por ser un fracaso, sino todo lo contrario. Demostraban (y demuestran) que se podía trabajar de otra forma en un manicomio. Fueron atacadas desde el centro del poder psiquiátrico, que hizo lo necesario para desarticularlas con el poder de turno.
Pero nada de esta historia figura en el artículo. Solamente se mencionan a Ervin Goffman, Maxwell Jones y Otto Kernberg. Con lo cual podemos inferir erróneamente que es la primera vez que se trabaja con este modelo en este país. Cualquier trabajo en el mundo que se propusiera “un rastreo histórico-espistemológico en referencia a las posibilidades de desarrollar un proyecto de internación aguda con orientación de comunidad terapéutica en el contexto cultural actual” tendría como requisito revisar las comunidades terapéuticas en el propio país. Pero no en este caso, donde parece ser la primera comunidad terapéutica en internación aguda en el país. Es que esta psiquiatría precisa una historia legitimante para la reapropiación del campo.
Esta perspectiva es aún más clara en el artículo “Entre la ley 22914 y la ley 448: el marco legal de las internaciones psiquiátricas en la ciudad de Buenos Aires”, donde José María Martínez Ferreti afirma que en la ciudad coexisten estas dos leyes (una nacional y otra local) que generan aún “algunos puntos de debate, abierto a propuestas superadoras.”
La primera es una ley nacional de 1983, la 22914. Esta ley de internación psiquiátrica nacional tuvo vigencia en la Capital Federal y los llamados “Territorios Nacionales”. Intentó reglamentar las internaciones y superar problemáticas de la reforma del Código Civil de 1968.
La segunda es la ley 448. Esta ley fue promulgada en el año 2000 y reglamentada en el 2004. Para su lectura y discusión puedo remitir al texto de Ángel Barraco publicado en el número 45 de noviembre de 2005 en el cual se profundizan los alcances de la ley y los distintos factores que se oponen a su implementación: políticos-institucionales, los asistenciales, económicos, jurídicos y corporativos.
Pero cuáles son los puntos de la “controvertida” (para Martínez Ferreti) ley 448. Entre varias cuestiones, señala específicamente el artículo 19 de la ley: “La internación es una instancia del tratamiento que evalúa y decide el equipo interdisciplinario cuando no sean posibles los abordajes ambulatorios.” Martínez Ferreti cuestiona específicamente el hecho de referirse al “equipo interdisciplinario y no sólo al médico, en una evidente colegiación de la decisión.” El tema de fondo es quién decide la internación. Martínez Ferreti sostiene que sólo tiene que ser el médico, único habilitado dentro de las profesiones incluidas en el equipo interdisciplinario contemplado por la ley (médicos, trabajadores sociales, psicólogos y enfermeros). Los trabajadores sociales y enfermeros directamente no podrían, porque es “obvio, ya que la currícula de sus carreras no prevé la formación clínica psicopatológica suficiente.” Pero sí incluye a los psicólogos, aunque citando la Ley 23277 de Ejercicio de la Psicología, que pueden aconsejar una internación, mientras que los médicos, según la ley 17132, “están obligados a promover la internación de los alienados.”
Hagamos memoria. La ley 17132 es la “famosa” ley de Ejercicio de la Medicina de la dictadura de Onganía por la cual los psicólogos no estarían habilitados para trabajar en el área clínica y mucho menos indicar una internación. Los psicólogos eran “auxiliares de la psiquiatría”, tal como el resto del equipo interdisciplinario, para estar de acuerdo con esta vieja ley. Inclusive los argumentos utilizados para con los trabajadores sociales y enfermeros recuerdan los viejos debates de las décadas del ‘60 y ‘70 sobre el rol del psicólogo.
Si fuera por las incumbencias de la Ley 17132, a la cual se pretende volver, no habría equipo interdisciplinario, sino médicos psiquiatras y “auxiliares de la psiquiatría”. No un equipo interdisciplinario de Salud Mental para abordar las complejidades a las cuales nos enfrentamos en este nuevo siglo.
Es que en este proceso de reapropiación de la psiquiatría del campo de la Salud Mental implica una política de silenciamiento y de reescritura de la historia, donde solamente haya “paradigmas psiquiátricos” y “renovaciones psiquiátricas”. Una política que ataca las posibilidades de una Ley de Salud Mental de avanzada como la 448.
Si desde mediados del siglo pasado la “reforma psiquiátrica” fue el objetivo para las transformaciones en el campo de la Salud Mental hoy asistimos a una vuelta al pasado: una contrarreforma psiquiátrica.
Es hora de empezar a llamar las cosas por su nombre.

 
Articulo publicado en
Agosto / 2006