Como en algunas películas de suspenso, empezaremos por el final. A pesar de toda la producción y la documentación científica, de los consensos internacionales, de la reglamentación de la ley nacional de salud mental, de la existencia de la ley 448 (CABA) de la indiscutible reivindicación de los derechos humanos de los pacientes, de la innegable importancia de los programas comunitarios, en el 2012 se desmanteló en la Ciudad de Buenos Aires un programa de atención comunitaria destinado a niños/as y adolescentes con trastornos mentales severos (PAC, GCABA) perteneciente a la Dirección Adjunta de Salud Mental y con sede en el Centro de Salud Mental Nro. 1. Dicho programa que había comenzado en el 2007, asentaba su trabajo sobre la promoción de los derechos del niño, niña y adolescente (NNyA). El PAC puso énfasis en una mayor inserción social de esos NNyA a partir de una mirada integral e intersectorial que tomara en cuenta la multidimensionalidad de los determinantes sociales de la salud. Para ello fundó su trabajo en la interdisciplinariedad, la Intersectorialidad, la territorialidad, y la integralidad. Centrarse en esa perspectiva de derechos ha incluido accionar tanto en la accesibilidad, como en la equidad en la atención en salud, trabajar en la coordinación y la continuidad del proceso salud/enfermedad/atención, logrando una mejora en la efectividad de los cuidados.