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-CONSEJO GENERAL DE SALUD MENTAL-“DECLARACIÓN PÚBLICA”

 

 

-CONSEJO GENERAL DE SALUD MENTAL-
-CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES-

“DECLARACIÓN PÚBLICA”

 

Los participantes del Consejo General de Salud Mental de la Ciudad de Buenos Aires, abajo firmantes, declaran:

“Que el balance de un año de gestión del actual gobierno de la ciudad, encabezado por el Ing. Mauricio Macri y el acompañamiento de funcionarios del Ministerio de Salud, con respecto a las políticas de Salud Mental, decididamente expresan un claro y total desapego a los lineamientos establecidos por  la Constitución de la Ciudad, la Ley Básica de Salud N°153 y fundamentalmente la Ley de Salud Mental N°448.
Que oportunamente se denunció una de las primeras medidas de este gobierno, que operativizó la desjerarquización del área de Salud Mental, al rebajar de nivel jerárquico la Dirección General de Salud Mental, convirtiéndola  en una inoperante Dirección Adjunta, y subordinada a otras áreas que nada tienen que ver con la integración y conducción de un Sistema de Salud Mental coherente, imprescindible a la hora de dar cuenta de las necesidades reales de la demanda existente  en la ciudad.
Que a los pocos meses de la gestión, las autoridades precipitaron la presentación de un Plan de Salud Mental, que sin ser consultado al CoGeSaM, delataba una profunda inconsistencia del perfil y lineamientos establecidos en la Ley 448. Además las autoridades, con este plan sin fundamentos ni autores intelectuales,  agraviaron la concepción “interdisciplinaria” que sustenta la ley, al presentarlo exclusivamente como un acto académico médico.
Que pese a instar a las autoridades al intercambio de opiniones en el marco del consejo asesor que establece la ley, las mismas prosiguieron en una clara actitud de indiferencia, agravada con la decisión de llevar al plano de lo concreto, la puesta en marcha de algunos efectores previstos en dicho “Plan”. Cabe destacar que en mérito a ello, el Consejo elaboró y entregó oportunamente a los funcionarios, un documento en el cual se hacía referencia a  los efectores y dispositivos de atención, previstos por la ley vigente.
Que en el mismo plano de denuncia al rumbo transgresor del gobierno, respecto de las políticas de salud mental, se inscriben las opiniones, informes y dictámenes que oportunamente ofrecieron diversas instancias tanto del ámbito de los efectores del sistema estatal, como así también de la Defensoría del Pueblo; de la Comisión de Seguimiento de la Ley 448 dependiente de la Comisión de Salud de la Legislatura de Bs As; de la Asesoría Tutelar y de diversas organizaciones profesionales y gremiales.

Por ello, y en base a estas consideraciones previas, convenimos en expresar lo siguiente:
    
Rechazamos sin ambigüedades, la decisión inconsulta e ilegal del actual gobierno, respecto de la construcción de efectores y dispositivos de atención de salud mental, no previstos en la Ley 448, y que claramente transgreden y contradicen el modelo que debe instaurarse para dar cuenta de una verdadera transformación del actual sistema, de características asilares y custodiales.

Denunciamos públicamente, que de llevarse a cabo las construcciones licitadas por las autoridades, se incurrirá en una flagrante acción que tendrá grave consecuencias en la atención presente y futura de la población con padecimiento psíquico. Estos efectores que se intentan construir, específicamente los  Centros de Internación para Adultos (10) y el  Centro de Evaluación y Derivación (CED), obedecen a criterios retrógrados que justamente deben ser superados y transformados. No se requiere de más construcciones para camas de internación, sino que se implementen los dispositivos ya previstos e incluidos en la ley, como ser: camas para internaciones breves y guardias interdisciplinarias en hospitales generales; dotaciones profesionales para el dispositivo “hospital de día”; “casas de medio camino” y otros dispositivos para externación y resocialización de los pacientes; y “emprendimientos sociales” para la reinserción laboral de las personas con padecimientos mentales, entre otros.

Estos “Centros de Internación”, aún y pese a constar tal como lo expresan las autoridades, con “adelantos tecnológicos”, no escapan a la denominada lógica asilar y custodial. Respecto del “Centro de Evaluación y Derivación” (CED), se contradice la ley 448, puesto que se erige este efector en un centro monopolizador del diagnóstico y la derivación, con el consiguiente riesgo de generar la discriminación y segregación de las personas que padecen psíquicamente. No debe obviarse, que al igual que un centro de datos genético,  pero en este caso de salud mental, se corre el riesgo de la manipulación de los datos de quienes padecen mentalmente.
Vale aclarar, que este “C.E.D.”, jamás podría homologarse con los “Servicios de Orientación y Evaluación” (SOE), que ya existen dentro de algunos efectores de salud mental, y cuya función por parte del “equipo interdisciplinario” es considerar la posibilidad de realizar una internación o no, y en este último caso, orientar y derivar hacia otros efectores de la red de atención. Por ello, es que resulta esencial incrementar y/o designar equipos interdisciplinarios para consolidar y conformar en los efectores existentes estos dispositivos, en vez de centralizar las políticas y acciones en Salud Mental de manera excluyente, con la inversión en infraestructura. 

 Además la construcción de este” Centro de Evaluación y Derivación”, va a contramano del criterio de “Atención Primaria de la Salud” (APS), en cuanto a  favorecer la accesibilidad a la atención, desde una perspectiva de proximidad y puerta de entrada al sistema de atención, por parte de quien lo requiriese.    
La coincidencia entre la decisión de llevar a cabo estas construcciones y las declaraciones del gobierno respecto  del futuro desarrollo de un denominado “Centro Cívico” (que ocuparía parte de los terrenos de los hospitales Borda y Moyano, y los Talleres Protegidos de Rehabilitación en Salud Mental), no deja más margen que concebir  este arbitrio, como la optimización de un proyecto urbano-inmobiliario y no el beneficio de aplicar políticas de salud mental transformadoras tal como lo establece la Ley 448. 

Instamos a las autoridades de gobierno, a no seguir  utilizando de forma perversa, a la Ley 448 como argumento y justificación de sus acciones, habida cuenta que las mismas ni siquiera  fueron puestas a consideración y opinión del Consejo General de Salud Mental, tal cual lo establece dicha ley en sus artículos 6° y 7°. Queda claro, que de haberse requerido la opinión de este Consejo, el “Plan” decidido y activado por este gobierno, lógicamente hubiera sido desaprobado.

No obstante a las peticiones para que no se transgreda lo dispuesto en el marco de la Ley de Salud Mental vigente, el gobierno sigue avanzando también en la destrucción de lo ya existente, al profundizar la fragmentación y anarquía en el funcionamiento de los efectores y dispositivos (y que actualmente funcionan como pueden), con una falsa e incoherente “regionalización sanitaria”. Este verdadero despropósito, aleja cada vez más, una atención basada en el concepto de redes y en la conformación de un verdadero “sistema de  salud mental”, tal cual lo especifica la Ley 448 y no operativizado a la fecha.

Denunciamos la persistencia en el área de salud mental casi en exclusividad, de la modalidad de trabajo “ad honorem”. Se calcula que más de la mitad de los profesionales que trabajan en salud mental de los efectores estatales de la Ciudad (algunos desde hace ya muchos años), no reciben ninguna retribución salarial. Resulta paradójico y habida cuenta de la necesidad de hacer múltiples nombramientos para los dispositivos requeridos para la atención y que las autoridades se niegan a instrumentar.

Ante este sintetizado “estado de situación” de la salud mental pública y estatal de la Ciudad, solicitamos a las autoridades de gobierno, rectificar el rumbo asumido en el marco de las políticas de salud mental, adecuando sus actos de gobierno al estricto cumplimiento de la Constitución, la Ley Básica de Salud y fundamentalmente, de los lineamientos expresados en la Ley 448 de Salud Mental. Recordamos también, que ya existe un “Plan de Salud Mental”, elaborado y consensuado por el Consejo General de Salud Mental y aprobado por anteriores autoridades, en el cual se despliegan todas las acciones necesarias, para el desarrollo de las transformaciones requeridas. En torno a esta consideración, hoy es menester e imprescindible, que el Gobierno de la Ciudad, accione el inmediato cese y derogación del proceso de licitación, para la construcción de los efectores no previstos por la Ley 448 y denunciados precedentemente. Paralelamente, deben las autoridades, ejecutar todas las obras de remodelación y refacción ya establecidas (y algunas iniciadas y paralizadas) de los efectores pertenecientes al área de salud mental.

Desde el Consejo General de Salud Mental, se viene trabajando y aportando opiniones y propuestas en un orden de continuidad, atravesando los diferentes gobiernos que se han sucedido en la Ciudad desde el año 2002. Su funcionamiento ininterrumpido, ha requerido muchas veces por las vicisitudes políticas, de recurrir a la modalidad de autoconvocatoria, expresando así la importancia de avanzar en pos de la transformación de un vigente y perimido modelo de Salud Mental. Hoy el compromiso también requiere resistir, de forma irrenunciable, a todo avance que implique el vaciamiento de las instituciones de salud y específicamente de la salud mental, para evitar que nefastamente se instaure un modelo de atención privatizado y mercantilista. 

Para conocimiento de los pacientes, de las autoridades, de los trabajadores y profesionales de la salud mental, y fundamentalmente de la sociedad que en general desconoce este estado de situación, se hace esta “declaración pública”, y al sólo efecto de anticipar que agotadas todas las instancias de diálogo y peticiones, nos reservamos desde la perspectiva de cada representación, la única y posible vía de ser reconocidos en los derechos  que postulan las leyes vigentes, esto es, el de recurrir  a todas las instancias jurídicas que resultaren habilitadas  al efecto.

 

                                                                          Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de enero de 2009

 

 

 

PARTICIPANTES Y ADHERENTES:

Lic. Cristina Corrales – Asociación Psicólogos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires -
Dra. Liliana Herrendorf – Foro de Instituciones de Profesionales de Salud Mental – C.A.B.A.
Lic. Mónica Kerckahaert – Asoc. de Psicopedagogos de Capital Federal-
Lic. Mirian Dios – Asoc. Profesionales del Centro de S.M. N°3 “Ameghino”-
Lic. Noemí Benchimol – Consejo Profesional de Trabajo Social –
Lic. Sara Daneri – Asoc. Argentina de Terapistas Ocupacionales (AATO) –
Lic. Cristina Gartland – Asociación de Psicólogos de Buenos Aires –
Dra. María Alvarez – Centro de S.M. N°3 “Ameghino”-
Lic. Beatriz Pérez del Cerro – Centro de S.M. N°1  “H. Rosarios”-
Lic. Adriana Vilarnovo – Asoc. de Profes. De Talleres Protegidos de Rehab. en S.M. –
Lic. Rubén Scarpa – Dirección Adjunta de Salud Mental (G.C.B.A.)-
Lic. Angel Barraco – Legislatura de la C.A.B.A. – (B.P.S.).
Dr. Ricardo Soriano – Centro de Salud Mental N°1 “H. Rosarios”-
Lic. Ana Tisera – Asoc. de Profesionales del Hospital Borda –
Lic. Débora Yanco – Dirección de Capacitación M.S.G.C.B.A. – (adhesión)
Lic. Gloria Abadi – Centro de Salud Mental N°3 “Ameghino” –
Lic. Diana Mosto – Asoc. de Profesionales del Hospital Alvear –
Dr. Rubén Slipak – Centro de Salud Mental N°3 “Ameghino” –
Lic. Laura Finkestein – Dirección de Capacitación del M.S.G.C.B.A. – (adhesión)
Lic. Myrna Lomio – UPCN – Delegación de Hospitales.
T.O. Graciela Warschavsky – Asoc. Terapistas Ocupacionales del G.C.B.A.
Lic. Silvia Atzori – Asoc. de Profesionales del C.S.M. N°3 “Ameghino”.

Adhesiones:

Lic. Miguel Tollo –  Foro de Profesionales de Instituciones de Salud Mental.
Lic. Susana Benveniste –                “                                     “
Lic. Elba Wolfzon –                          “                                     “
Lic. Lelia Sarmiento -                      “                                     “
Lic. Clara Kigel -                               “                                     “

Asociación Argentina de Terapia Cognitiva –
Asociación Colegio de Psicoanalistas –
Asociación de Psicólogos de Buenos Aires  (APBA) –
Asociación de Psicoterapia Sistémica de Buenos Aires –
Asociación Escuela Argentina de Psicoterapia para Graduados –
Asociación Gestáltica Argentina –
Asociación Psicoanalítica  Argentina  (APA) –
Asociación Psicoanalítica de Buenos Aires (APDEBA) –
Ateneo Psicoanalítico –
Ático Cooperativa de Trabajo en Salud Mental –
Centro Oro –
Consejo Profesional de Graduados en Servicio Social y Trabajo Social –
Fundación CIAP – Centro de Investigación y Asesoramiento en Psicología –
Fundación Habitar -
Revista Topía

 

Lic. Anido, Mabel – Asoc. de Profesionales del C.S.M. N°3 “Ameghino”.
Lic. Boveda, Graciela -                    “                                       “
Lic. Bryner, Marta -                         “                                       “
Lic. Casanovas, Edith -                    “                                       “
Lic. Christiansen, Laura -                “                                       “
Lic. Cavagnis, Maria Luisa -           “                                        “
Lic. Distéfano, Andrea -                 “                                        “
Dra. Danzinger, Adriana                “                                        “
Lic. Fernández, Carmen -               “                                        “
Lic. Garaglia, Eduardo -                  “                                        “
Lic. González, Marisa -                   “                                        “
Lic. Hilario, Liliana -                        “                                        “
Lic. Kleiman, Patricia -                   “                                        “
Lic. Kripper, Adrián -                      “                                        “
Lic. Lain, Susana -                           “                                        “
Lic. Luna, Alicia -                             “                                        “
Lic. Mendieta, Claudia -                “                                        “
Lic. Pandolfi, Gloria -                     “                                        “
Lic. Pedacce, Norma                      “                                        “
Lic. Pisanu, Gloria                          “                                        “
Lic. Rietti, Marta -                          “                                        “
Lic. Rovensky, Haydeé -                “                                        “
Lic. Rucker, Silvia -                         “                                        “
Lic. Sacchi, Julia -                           “                                         “
Lic. Taiano, Ruth -                          “                                        “  
Lic. Urbina, Nelly -                         “                                        “
Dra. Wolaj, Marta -                       “                                        “

 

 

Para adherir a la presente “Declaración Pública”, por favor remitir la misma, a la dirección:

                                          saludmentalaeb [at] fibertel.com.ar

 

Articulo publicado en
Enero / 2009

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