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El Derecho a la salud*

 

La Ley Nacional de Salud Mental, aprobada a fines del año pasado por el Congreso Nacional, hay que entenderla en el interior de la lógica actual del sistema capitalista que en nuestro país conlleva el deterioro de la Salud Pública desde hace muchos años. Hasta la actualidad la gestión de gobierno no ha modificado el modelo productivo ni las bases económicas y financieras de las políticas neoliberales. En la Salud Pública las acciones implementadas apuntan a transferir recursos públicos al sector privado. Uno de los mecanismos utilizados son los subsidios a las obras sociales de los grandes sindicatos de la CGT. Su resultado es la tercerización de la Salud producto de la descentralización que derivó en la transferencia de establecimientos de la Nación a las provincias y de éstas a los municipios conjuntamente con la tercerización que permite contratar trabajadores con salarios muy por debajo de los que deberían percibir. De igual manera ocurre con los profesionales que trabajan con sueldos irrisorios o directamente en forma gratuita. Además, últimamente de la Salud se habla en las páginas policiales por los negocios de los medicamentos falsificados como ocurrió con Zanola en el Policlínico Bancario o Moyano en Camioneros.

En este sentido para fundamentar desde qué perspectiva apoyamos le Ley Nacional de Salud Mental vamos a señalar algunos hechos históricos donde podemos observar cómo las necesidades del modo de producción capitalista en cada etapa histórica llevó a políticas que modificaron el campo de la Salud Mental.

Brevemente podemos decir que cuando aparece el concepto de Salud Mental, a mediados del siglo XX, lo crea el capitalismo desde sus propias necesidades para modificar una psiquiatría que no le rendía ganancias; aún más, le daba pérdidas. Después de la Segunda Guerra Mundial, la mitad de las camas de internación eran psiquiátricas. Eran tremendos costos que había que disminuir. A partir de ahí se crea el concepto de Salud Mental para generar propuestas alternativas a los manicomios. Esto lo debemos entender en el interior de una época histórica propia de las políticas capitalistas Keynesianas del Estado de Bienestar caracterizadas por procesos revolucionarios que aprovechan el concepto de Salud Mental para generar reformas importantes como alternativas a los manicomios. Por ejemplo en Italia la “psiquiatría democrática” de Basaglia, la política del “sector” en Francia, las “comunidades terapéuticas” en Inglaterra, etc.

Este concepto en la Argentina se inicia en 1957 y se afianza durante la política desarrollista de Frondizi y en el desarrollismo de la dictadura de Onganía. Es decir, se afirma el concepto de Salud Mental desde esta perspectiva económica y política. Sin embargo muchas de estas experiencias alternativas son reprimidas, lo cual encontramos un proceso dinámico y contradictorio producto de las necesidades del capitalismo y de sectores que veían la posibilidad de generar mejoras en el tratamiento del padecimiento subjetivo.

La dictadura militar de 1976 instala el Terror de Estado. Se destruyen los servicios de Salud Mental ya que las instituciones fueron intervenidas por una burocracia cívico-militar para llevar adelante la Doctrina de Seguridad Nacional. En este momento empieza a afianzarse una política privatista en el campo de la Salud.

Llegados a la década del `90 en la Argentina y en el mundo vamos a encontrar el predominio de una política regida por la desregulación, la privatización y la competencia. Así, la salud queda en manos del mercado, es decir, de los grandes laboratorios y las empresas de medicina.

En la Argentina se produce un desmantelamiento de las instituciones públicas ya que la salud queda en manos de la iniciativa privada donde lo que se necesita son “costos-beneficios”. Y acá debemos tener en cuenta un elemento que me parece importante. Si en los inicios de la modernidad, la locura ocupa un lugar periférico en la Ciudad y su modelo es el manicomio, en la actualidad no existe interés en producir nuevas instituciones. Lo que aparece, a partir de la década del 90, es lo que nosotros llamamos una “contrarreforma psiquiátrica” donde, los adelantos de la psicofarmacología sólo pueden ser aprovechados básicamente por aquéllos que tienen plata. Esto es muy claro. De esta manera, la locura importa si el paciente tiene plata para comprar medicamentos, pagarse una internación, o tener una obra social o pre-paga. Es decir, los locos, si son pobres, se los ignora. La salud mental es para los que tienen plata. Los pobres no pueden obtener del Estado aquellos servicios que necesitan. Creo que desde esta perspectiva debemos entender cómo aparece hoy esta Ley de Salud Mental, donde al poder político no le interesa seguir sosteniendo las estructuras manicomiales. Hoy a un loco se lo mantiene a través del chaleco químico.La Ley Nacional de Salud Mental

Desde la perspectiva de lo que venimos desarrollando, al poder político, ligado al proceso de mundialización capitalista, no le interesa seguir sosteniendo las estructuras manicomiales debido a los grandes gastos que ocasiona. Por ello los organismos internacionales como la OMS y la OPS recomiendan la desinstitucionalización de la Salud Mental. Es en este contexto político que sanciona la Cámara de Diputados y de Senadores de la Nación La Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657 que es promulgada el 2 de diciembre con fuerza de Ley para ser aplicada en todo el territorio nacional.La Ley plantea en sus artículos algunas cuestiones cuya importancia implica una ruptura con el funcionamiento del orden manicomial en la Argentina y sostiene Derechos Humanos fundamentales de los pacientes.Veamos cuatro aspectos que creemos necesario destacar.1º) En relación a los Derechos Humanos. Establece la defensa de los derechos de los pacientes modificando el Código Civil para impedir las internaciones de personas por su “peligrosidad”. Conceptualmente, se reemplaza el criterio de internación, que obedecía a la noción de “peligrosidad para sí o para terceros”, por la constatación de “riesgo cierto e inminente”. Las internaciones involuntarias quedan restringidas y sujetas a control por un órgano de revisión en el que participarán organismos de derechos humanos. Se propicia que las internaciones, siempre por lapsos breves, se efectúen en hospitales generales. También se modifica el sistema de inhabilitaciones: hasta ahora, una persona que, en el marco de una crisis, perdiera capacidad para administrar sus bienes, podía quedar privada para siempre de todos sus derechos. Además los profesionales y empleados en instituciones psiquiátricas serán “responsables de informar, al juez y al órgano de revisión, sobre cualquier trato indigno o inhumano”.2º) El equipo interdisciplinario. Con la sanción de la ley ya no es el psiquiatra el eje del tratamiento en Salud Mental sino que “Debe promoverse que la atención en salud mental esté a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados con la debida acreditación de la autoridad competente. Se incluyen las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes.” En esta perspectiva se sostiene que “El proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud.” Por ello “La prescripción del medicamento sólo debe responder a las necesidades fundamentales de la persona con padecimiento mental y se administrará exclusivamente con fines terapéuticos y nunca como castigo, por conveniencia de terceros, o para suplir la necesidad de acompañamiento terapéutico o cuidados espaciales.” Es así como reglamenta que “La internación debe ser lo más breve posible, en función de criterios terapéuticos interdisciplinarios.”3º) En relación a las estructuras manicomiales. Plantea que “Queda prohibida por la presente ley la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados. En el caso de los ya existentes se deben adaptar a los objetivos y principios expuestos, hasta su sustitución definitiva por los dispositivos alternativos”. Esta idea no sólo refleja una realidad superadora, sino que, además, define el tema de la salud mental como un tema interdisciplinario, pero también como un tema intersectorial; o sea que va a más allá del campo de la salud en tanto en la definición misma de salud mental intervienen otros factores que tienen que ver con las condiciones de vida.4º) Por último, una reivindicación democrática sentida por el conjunto de los trabajadores de la Salud Mental tiene fuerza de ley al decir que: “Los profesionales con título de grado están en igualdad de condiciones para ocupar los cargos de conducción y gestión de los servicios y las instituciones, debiendo valorarse su idoneidad para el cargo y su capacidad para integrar los diferentes saberes que atraviesan el campo de la salud mental.”Una Ley cuyo límite es el deterioro de la Salud Pública

La sanción de la Ley ha llevado a diferentes posiciones. Desde las asociaciones de psiquiatras (debemos aclarar que muchos psiquiatras en forma individual firmaron solicitadas de apoyo a la Ley) y diferentes organizaciones médicas como la Asociación de Médicos Municipales y las autoridades de la Facultad de Medicina de la UBA se oponen a su sanción con diferentes argumentos. El principal es que la Ley pone el centro del tratamiento en Salud Mental en el equipo interdisciplinario. De esta manera equipara al psiquiatra con otros profesionales de la Salud Mental. Es decir, la Ley cuestiona el poder del psiquiatra y su función de garantizar que el eje del tratamiento sea la medicación y que la internación sea un acto médico. Nos anuncian que si se aplica la Ley va a sobrevenir el caos. Evidentemente, su objetivo es plantear una disputa en relación a las prácticas profesionales para no debatir los contenidos éticos, científicos y políticos que debe sostener una Ley Nacional de Salud Mental. De allí que esta Ley pone en evidencia con qué terapéuticas se reemplazan los manicomios. Y estas terapéuticas son políticas. O, dicho de otra manera plantear una política en el campo de la salud mental requiere dar cuenta de una política terapéutica que nos lleva a cómo entendemos el padecimiento subjetivo. Desde lo que denominamos la contrarreforma psiquiátrica -en la cual por un lado no participan todos los psiquiatras y por otro lado es apoyada por muchos psicólogos y otros profesionales del campo de la Salud Mental- con Centros de Psiquiatría y negocios de las clínicas privadas. Desde el campo de la Salud Mental con el trabajo pluridisciplinario e intersectorial basado en propuestas alternativas como los Hospitales de Día, de Noche, Hostales, Casas de Medio Camino, Comunidades Terapéuticas, Trabajo Comunitario, etc.Es cierto, existe una perspectiva que cree que esta Ley puede ser llevada adelante sin modificar las actuales condiciones políticas, económicas y sociales en que se sostiene la organización de la Salud en la Argentina. De esta manera no tiene en cuenta un poder político aliado con los intereses privados de la medicina y la burocracia sindical a través de sus negocios legales e ilegales en el campo de la Salud Mental.Este poder político es el que ha llevado al deterioro actual de la salud pública y que -a no dudarlo- tratará de imponer el negocio de las instituciones privadas para pacientes que puedan pagar los tratamientos abandonando a los pacientes sin recursos. Esto no es ninguna novedad ya que es lo que se viene haciendo desde hace mucho tiempo. No solo en el Borda y el Moyano, en el Open Door de Luján, en el Oliva de Córdoba y en otros manicomios del interior del país. Para ello no necesitan de esta Ley. En todo caso van a aprovechar algunos de sus artículos para seguir afianzando su poder o directamente la van a ignorar, como ocurre con a Ley 448 de CABA. La ofensiva contra el Centro de Salud Mental Ameghino desplazando a su director Dr. Rubén Slipak es un ejemplo.Sin embargo con la sanción de la Ley se ha generado una nueva contradicción desde la cual podemos ser consecuentes en la lucha por los derechos humanos de los pacientes, las reivindicaciones democráticas de los profesionales y la defensa de una política ética y científica en el campo de la Salud Mental. De esta manera podemos generar una política que afiance espacios políticos y terapéuticos que enfrenten al poder privado, aunque sabemos que sus triunfos serán parciales mientras no se sostenga la salud pública desde una política socializada de seguridad social con la participación de equipos interdisciplinarios y los usuarios que garanticen el derecho a la salud para el conjunto de la población.

 

Enrique Carpintero

Psicoanalista

enrique.carpintero [at] topia.com.ar 

*Este texto esta basado en la exposición realizada en la Mesa Redonda organizada por la Asociación de Psicologos en Lucha, APEL el 17/12/2010 en  la Facultad de Psicología de la UBA.

 

Ley Nacional de Salud Mental

¿Qué estamos discutiendo?

 

Hernán Scorofitz

Integrante de APEL (Asociación Psicólogos En Lucha)

h.scorofitz [at] gmail.com

 

A los pocos días de haberse aprobado definitivamente en la Cámara de Senadores del Congreso Nacional el proyecto de Ley Nacional de Salud Mental, tuve la oportunidad de publicar en el Semanario Prensa Obrera un artículo (http://po.org.ar/articulo/po1088050/hecha-ley-hecha-trampa) cuyo título ya, de por sí, podía emanar un tufillo un tanto tajante y hasta provocativo: “Hecha la Ley, Hecha la Trampa”. El artículo de marras tuvo como principal punto de desarrollo, no sólo reservas que despertaron en mí algunos interrogantes en el articulado de dicho Proyecto de Ley, sino directamente una crítica sobre las consecuencias que esta Ley de carácter “marco” podía traer aparejado en un momento histórico y político determinado, aún con la mejor de las intenciones que pudieran tener en el campo de la Salud Mental muchos de sus apologistas.

Dicha publicación y la profundización de la polémica en diversos foros y espacios de debate me valieron cuantiosas críticas de muchos colegas y compañeros del campo profesional y político de la Salud Mental con quienes inclusive compartimos distintos frentes de lucha por la defensa de la Salud Pública, con un tendal de señalamientos y honorables diferencias de estar ubicado, para el caso, en el campo del “ultimatismo ultraizquierdista” mezclado a un presunto funcionalismo en favor del “discurso médico hegemónico”.

Me permití apostar al desarrollo del debate con colegas de distintas disciplinas y en el proceso me fui dando cuenta sobre un error de “método” en el que había incurrido con la intención de establecer un posicionamiento político frente a un fenómeno concreto (para el caso, la sanción de una Ley).

Caí en la tentación de realizar un estudio pormenorizado del conjunto del articulado del Proyecto, planteando una caracterización política crítica sobre los efectos que podía abrir la aplicación “marco” de determinados artículos de la Ley. A la hora del planteo sobre la misma, y frente al debate con los colegas, poco a poco me fui dando cuenta que terminábamos incurriendo en una suerte de probabilismo futurista tautológico, separando “lo bueno” y “lo malo” del articulado en su conjunto, y nunca pudiendo llegar a un acuerdo sobre qué iba a pesar más. Algo así como una visión kleiniana sobre el objeto disociado-proyectado (pecho bueno-pecho malo) aplicado al análisis de la Ley. Efectivamente, per se, nunca íbamos a poder llegar a un acuerdo. Como bien me señalara un colega y compañero de militancia, era como “discutir la Ley de Gravedad”.

Desistí del debate sobre tal o cuál artículo, “bueno” o “malo”, cuál pesaría más a la hora de aplicar la Ley. Efectivamente, terminamos discutiendo la cuadratura del círculo. El meollo del asunto creo es distinto a discutir, por ejemplo, otras leyes que han marcado un hito en la historia de lucha del pueblo argentino (y de las masas a nivel mundial) como la Jornada Laboral de Ocho Horas, las Seis Horas del Subte o, más recientemente, la Ley de Matrimonio Igualitario.

Que la Salud Pública (y específicamente la Salud Mental) se encuentra en un cuadro de abierto derrumbe desde hace décadas en nuestro país -y prácticamente a escala global- no es novedad para nadie. Aspirar a revertir la situación, o a un proceso de transformación de la Salud Mental de la población a través de una Ley -independientemente del contenido de su articulado-, creo que resulta tan estéril como depositar ilusiones en acabar con el hambre y la explotación laboral y social de nuestro pueblo por medio de la aplicación “a rajatablas” del Artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional (“Ley Fundamental”).

El escenario de la sanción definitiva de la Ley Nacional de Salud Mental tuvo algunos aspectos característicos que merecen destacarse: primero, fue aprobado prácticamente por unanimidad de todos los bloques en ambas Cámaras (salvo la abstención del Senador Artaza); segundo, fue presentada con “bombos y platillos” totalmente huérfana de un Plan Nacional de Salud Mental simultáneo a la misma, que estipulara plazos estimativos y concretos de ejecución de obras y programas que garantizaran la tan mentada sustitución de los actuales dispositivos institucionales “médicos hegemónicos” (neuropsiquiátricos, monovalentes, etc.) por los llamados “dispositivos alternativos interdisciplinarios”; tercero, muchos de sus apologistas han planteado como sustento teórico y político la referencia de la Ley con los lineamientos de organizaciones (como por ejemplo la OPS y la OMS) estrechamente vinculadas a los organismos financieros internacionales como el Banco Mundial y cuarto, la Ley aprobada reafirma una serie de derechos humanos y jurídicos básicos para los sujetos beneficiados por la misma, ya establecidos en otras leyes e inclusive en Tratados Internacionales suscriptos desde hace años por diversos Estados. Sin ánimo de realizar una suerte de extrapolación mecánica, bien sabemos quienes ejercemos la clínica que cuando las cosas hay que “explicarlas” mucho es porque algo no camina. Y si hay que reforzarlo es porque evidentemente no funciona, independientemente de tal o cual contenido de esta o aquella Ley.

Si me inclino a realizar un recorte de los puntos arriba planteados, la total ausencia de un Plan Nacional de Salud Mental por parte del Estado Nacional (incluyo al Gobierno de turno y a todas las fuerzas políticas que representan los bloques que aprobaron la ley) que garantice los derechos básicos de los sujetos a recibir un dispositivo revolucionario en Salud Mental (en sus tres áreas) es el principal eje del asunto a la hora de un debate. A partir de ahí, me atrevo a sostener que la polémica dejará de ser estéril para incluir un debate de características políticas más profundas. Es en este punto donde el debate sobre la Ley (contenido, marco de aplicación, etc.) pasa a un segundo orden.

En ese sentido, por ejemplo, sí podría discrepar con referentes de máxima autoridad como Emiliano Galende quién en su libro Psicofármacos y Salud MentalLa Ilusión de no Ser realiza una abierta apología de los gobiernos imperialistas de la década del ’60 (Kennedy -o el laboralismo británico-) el cual, puertas adentro de sus fronteras, en los albores de la invasión a Vietnam, comenzó a aplicar -según Galende- Programas Públicos en Salud Mental de características “transformadoras” en la llamada “Área Preventiva”. Los límites de la naturaleza de clase del Estado imperialista norteamericano borrarían con el codo, algunos años posteriores, los “logros” de dichos programas, sujetos a los vaivenes de las recurrentes crisis capitalistas mundiales.

Pero para el caso de “nuestra” Ley, no es lo mismo. Insisto, hay Ley pero no hay Plan. Por otro lado, me permito dudar (por no decir “denunciar”) que, por ejemplo, un gobernador que abiertamente responde a los intereses terratenientes más ladinos de una provincia casi “feudal” como Formosa, pueda garantizar las férreas convicciones de los dispositivos “alternativos” de cara a su población: el Director Nacional de Salud Mental, Yago Di Nella, casi sin ponerse colorado, referenció como ejemplo la gestión del Gobernador formoseño Gildo Insfrán (el mismo que en el mes de diciembre del 2010 fuera responsable de una brutal represión contra la comunidad originaria qom con el triste saldo de dos muertos) por tener “ingenio” a pesar del “exiguo presupuesto” provincial para el campo de la Salud Mental (Audiencia Comisión Salud Senadores Congreso Nacional 19/10/10). El mismo funcionario del Estado Nacional suele apologizar los “beneficios” de la Ley en sintonía con los requerimientos de la OMS.

Me permito dudar que la transformación de la Salud Mental venga de la mano de uno de los máximos responsables intelectuales de la Masacre del Puente Pueyrredón, Aníbal Fernández, quien cuenta con el reciente asesoramiento de un ex diputado fueguino devenido a flamante funcionario de Estado, Leonardo Gorbacz, autor original de la reciente Ley aprobada. Supongo que el lector sabrá comprender mis reservas sobre las presuntas convicciones del bravucón Fernández con la experiencia de Basaglia en Trieste.

A modo de cierre, una anécdota de mi propia clínica que me permite afianzar mi posición: a poco de promulgada la Ley, recibo en el sector de consultorios externos del Servicio 17 del Hospital Borda, un paciente asiduo concurrente de un espacio histórico desmanicomializador de la Institución. Entusiasmado, me cuenta que días atrás, junto a sus compañeros y coordinadores del espacio, fueron recibidos por la Presidenta de la Nación en la Casa Rosada, quien les señaló que “ahora la aplicación de la Ley depende esencialmente de Uds.”. Abstinencia mediante, rehúso plantearle cuál sería mi opinión política -probablemente él la pueda suponer porque en otros espacios ha escuchado mis posiciones-; para la ocasión, me importó más la repercusión fantasmática del “acontecimiento” en la singularidad del paciente, que establecer un debate con él que pudiera “contaminar” la transferencia.

Cuando la máxima autoridad política de un Estado Nacional delega -o mejor dicho, terceriza- la garantía de los presuntos efectos transformadores de una Ley totalmente carente de Plan, en quienes serían sus beneficiarios “efectores”, algo anda mal, y -disculpen mi “pesimismo”- lo seguirá estando, de no transformarse las bases sociales en un proceso histórico del campo de la salud pública y mental. Reafirmo mis reservas sobre un beneficioso “posibilismo” en una Ley sin el sustento de un Plan, sumado a un cuadro creciente de pauperización de la población, amén del semblante “nacional y popular”.   

Pretendí en este artículo plantear una nueva posición en relación a mi artículo citado en el primer párrafo, pero con un mismo objetivo. Sin embargo, como en la clínica, a veces un debate político -insisto, sin hacer extrapolaciones mecánicas- también establece el fenómeno de repetición en la diferencia: vuelvo a plantear entonces, Hecha la Ley, Hecha la Trampa, y la urgente necesidad de establecer un Plan o Programa, contenido en el artículo original que referencio.

 

F(r)iccionados

 

Fernando Stivala

Frente de Artistas del Borda/Taller de Circo

ferstiva [at] hotamil.com

 

Me pasó algo… Me pidieron que escriba sobre desmanicomialización. Cuando empiezo a pensar y me siento a escribir tengo la sensación de no tener ni una sola certeza, y eso es lo que me pasa. Si bien podría ponerme a enumerar los tips que explican claramente las ideas sobre desmanicomialización, siento que con eso no me pasa nada.

Me dan ganas de empezar contando una situación. Supongo que esta escena es real, intuyo que incluye detalles f(r)iccionados. 

Supongamos que dentro del hospital Borda hay una organización con fines artísticos y desmanicomializadores. Supongamos que en esa organización hay talleres con distintas disciplinas artísticas. Supongamos que en uno de esos talleres se hace Circo, y que ese taller tiene un espectáculo. Supongamos que uno de los integrantes tiene ganas de empezar la primaria y les pide a los coordinadores que lo ayuden.  Supongamos que se consigue un espacio donde empezar inmediatamente a estudiar, supongamos que este lugar queda a 7 cuadras del hospital, supongamos que este lugar no tiene las trabas burocráticas características de toda institución educativa. Supongamos que las maestras le dicen a este integrante que puede empezar ya, que los horarios los van manejando en función de las necesidades de cada quien, que los van programando día a día, que no hay que anotarse en ningún lado para pedir vacante, que no hay que llenar ningún formulario, que no hay que pagar. Supongamos que lo único que se necesita para ir a estudiar es el deseo.

Supongamos que los coordinadores ingenuamente van a comunicarle esta noticia al jefe de servicio de este tallerista. ¿Para qué? Para trabajar en equipo, para acompañarlo en este proceso, para que se empiece a mover, para que recupere algo de sus herramientas perdidas en el otro proceso, el de institucionalización. Para que recupere algo de su autonomía, para que pueda valerse por sus propios medios, para seguir dándole cuerda a ese deseo que él se ocupó de volver a mover. Para que pase algo (la letra cursiva me da movimiento).

Las primeras respuestas fueron: “es muy lejos”, “no tiene el DNI para inscribirse”, “el ciclo lectivo empieza el próximo año”, “no puede valerse por sus propios medios”, “necesita la autorización del juez”, “su psiquiatra está de vacaciones”, “el jefe de servicio tiene licencia prolongada”. Se trataban de los queridísimos infaltables argumentos burocráticos. Fuimos eludiendo una a una cada respuesta: “queda a 7 cuadras”, “no necesita inscripción, es un centro cultural”, “empieza cuando tenga ganas”, “estuvimos 10 días de viaje y se manejó de manera independiente”, “con la firma suya puede salir”.

Parecía que estábamos a punto de quebrar lo burocrático con la gambeta del deseo, estábamos felices, algo se movía, encontrábamos respuestas, no podíamos parar, estaban pasando cosas. Hasta que…

La respuesta fulminante de la jefa de servicio, las que nos dejó sin más argumentos, sin aire, congelados en la eternidad del pabellón, la que nos volvió a manicomializar fue: “No. Le puede pasar algo”.

¡La respuesta devastadora! A ella no se le resiste ningún argumento. Atenta contra el deseo, contra el movimiento, contra la desmanicomialización, contra la vida. Mejor que quede todo igual, así no pasa nada. Que no nos pase nada.

Que no pase nada anuncian los noticieros masivos de comunicación. Que no pase nada gritan los vecinos reclamando Seguridad. Que no te pase nada aconseja una madre cuando vas a salir fuera de casa. Que no les pase nada gritan los docentes y directores a sus alumnos en los recreos.  

“Por las dudas que no pase nada” es el discurso del sentido común. Que no pase nada es el discurso de la Modernidad, el discurso de la razón. Esa razón que con sus cuerdas cordura corderos. Que no pase nada; es que no pase nada fuera de lo esperado, fuera de lo previsto, de lo convencional, fuera de  lo común, de la norma, de lo tácito, del destino, de lo subyacente, de lo obvio, de lo natural, de los mandatos. Que no pase nada no da lugar a la sorpresa, a lo imprevisto, a lo diferente, a la incertidumbre, al azar, al movimiento. Que no pase nada nos condena. Que no pase nada nos vuelve a encerrar en los manicomios, en las cárceles, en las escuelas y en las familias. Que no pase nada nos encierra en el rotulo más estigmatizante, en el del deber ser.

Que no pase nada es que nos tienen que pasar las instituciones con sus certezas. Que no pase nada es poner piloto automático al consumo. Que no pase nada es peor que morir, es la muerte del deseo. Uno cree que vive eligiendo y el único que elige es el imperativo “que no te pase nada”; porque para que no te pase nada viviendo hay que camuflar la vida. Que no pase nada es la manicomialización en su grado mayor de exponencia. Es la manicomialización, porque es la quietud de los cuerpos.

¿Cómo esta doctora no va a pregonar “que no pase nada”?... Si a ella no le pasa nada.

Iba a hablar sobre desmanicomialización, contar un poco sobre las ideas, los conceptos. Las casas de medio camino, las internaciones a corto plazo y como último recurso, las evaluaciones por un equipo interdisciplinario, la decisión y libertad de cada persona, el derecho a la vivienda y el trabajo, la prohibición de nuevos manicomios, la atención de la salud mental en hospitales generales, la atención ambulatoria domiciliaria, el vínculo con los lazos familiares y sociales. Pero esto se puede buscar, se puede leer, se puede googlear, se puede repetir religiosamente. De hecho muchas de estas cosas están dichas en la ley 448. Una ley promulgada hace diez años en la Ciudad de Buenos Aires y en la que no pasa nada.

Me pasa esto. Me pasa contar una situación real con algunos toques ficticios. O quizás al revés, invente una historia con condimentos y pasajes de mis visitas hospitalarias. Quizás sean momentos donde habría que dejar de seguir repitiendo discursos, leyes y palabras vacías. O quizás no. No vaya a ser cosa que Nos Pase Algo.

 

Nota: Hoy 25 de Noviembre del 2010 se aprobó en el Senado la Ley Nacional de Salud Mental que incluye muchos elementos que pregona la Desmanicomialización (palabra que la Institución Microsoft Office y su Word todavía no aprobó y por ende no reconoce). 

 
Articulo publicado en
Abril / 2011